Ideas para peritajes sobre Abuso Sexual Infantil (ASI)
- Susana Díaz

- 24 abr
- 7 Min. de lectura

En esta entrada quiero hablar de dos factores para tener en cuenta en la realización de peritajes sobre abuso sexual infantil que pueden marcar la diferencia en el resultado.
Primero quiero hablar de un factor conocido por todos los que se mueven en el circuito de la violencia sexual: que siempre hay más de una víctima. Por ejemplo, cuando se detecta a un pederasta en un entorno deportivo, educativo o lúdico, lo primero que hace la policía es avisar a los padres de los niños implicados, y estos toman la decisión de preguntar a sus hijos y/o de denunciar. Asimismo, cuando se descubre o denuncia que un adulto ha abusado sexualmente de una adulta en, pongamos, un centro terapéutico, una escuela de yoga u otro lugar donde se sepa que acuden otras mujeres, también se habla con ellas y se les presta ayuda. Adultos o niños, cuando el abuso ocurre fuera de casa el protocolo es muy claro y suele ser efectivo, y a los profesionales encargados no se les escapa que siempre hay más víctimas, algo que, dicho sea de paso, también se aplica a otros delitos. Sin embargo, normalmente no se sigue el mismo protocolo en los casos de abuso sexual intrafamiliar, y nunca se investiga si hay más víctimas. El ASI intrafamiliar tiene algunas particularidades, y la experiencia me dice que el sistema judicial no considera estos casos de la misma forma que los abusos fuera del hogar, y que el juzgador quizás no se pare a pensar, ante la denuncia de abusos a un menor en casa, que aquí también puede haber más víctimas, y quizás no se le ocurra preguntar a otros niños. Es cierto que el ASI, sobre todo el intrafamiliar, es una patata caliente que ningún juez quiere tener sobre la mesa. Eso puede explicar que muchas veces no quieran investigar más de la cuenta.
Pongamos un caso, sacado de la realidad, en que una mujer denunció a su cuñado por el abuso sexual de su hija. El presunto pederasta tenía tres hijas y una sobrina de la que había abusado. La niña se lo contó a su madre y la madre denunció inmediatamente. Personalmente, lo primero que me vino a la cabeza al enterarme del caso fue la necesidad de interrogar también a las hijas, para descartar abusos a ellas también. De hecho, esta sería la razón principal por la que se casan los pederastas, para tener a sus propias víctimas a su merced en su propia casa. Por esas razones, existía un riesgo bastante grande de que las hijas del denunciado hubieran sido, o estuvieran siendo aún, víctimas de abusos.
Lo ideal en un caso así sería que el propio juzgador interrogase al resto de los niños en el entorno del pederasta, y en caso de que no lo hiciera, que el perito le pudiera expresar esta necesidad, pero al perito no se le permite que recomiende/solicite que se interrogue o se investigue más allá, ni siquiera por haber detectado factores que al juzgador se le pueden escapar. El perito psicólogo se tiene que ceñir a recomendaciones terapéuticas, pero no puede hacer recomendaciones que incidan en la sentencia o que supongan una injerencia en el trabajo del juzgador. En este sentido, se entiende que cuando se está juzgando a una persona por un delito en concreto no se le puede juzgar por otro delito diferente, pero insisto en que cuando los abusos se llevan a cabo fuera del hogar, como un campamento de verano, sí se investiga/pregunta al resto de los menores, porque sabemos que el pederasta es promiscuo, y que siempre hay más víctimas.
En el caso que describo aquí, el denunciado dormía con su mujer, pero algunas noches se levantaba y se iba a la cama de alguna de sus hijas. Y esto era pertinente para el caso, porque cuando la sobrina sufrió los abusos se había quedado a dormir en casa de sus tíos, y este terminó metiéndose en su cama. Es decir, vemos reiteración en el modus operandi. Por otro lado, cuando su cuñada lo denunció y empezaron a entrevistarlo los peritos, una de las cosas que afirmaba en su defensa era que él dormía con sus hijas, pero que no las bañaba prácticamente nunca y que eso era cosa de la madre. Vemos reflejados en este testimonio muchos de los prejuicios y creencias falsas sobre los abusos sexuales. Cualquier padre y madre con dos dedos de frente entiende que es más íntimo dormir con tus hijos que bañarlos. Los padres normales del mundo entero bañan a sus hijos pequeños y saben que no pasa nada por eso, sin embargo, no se meten en la cama de sus hijas.
Solo basta señalar un pequeño detalle sobre los testimonios de víctimas de abuso sexual, para entender de qué hablamos: muchas víctimas adultas reportan que su padre (el pederasta que abusaba de ellas) dormía con ellas o venía a "verlas" a su cama. Sin embargo, muy pocas de ellas reportan que además las bañara.
Pero aunque el perito no pueda hacer recomendaciones o solicitudes al juez, nada le impide incluir en su informe alguna nota sobre la promiscuidad del pederasta, o que el abuso sexual intrafamiliar, en esa faceta, no es diferente de cualquier otro contexto, y que, por lo tanto, cualquier niño que esté en el entorno del pederasta tiene probabilidades de haber sufrido abusos. El perito puede jugar con diferentes fórmulas expresivas para no hacer injerencias en el trabajo del juez, sin acusar al denunciado de haber cometido otros delitos, sin expresar abiertamente solicitudes o recomendaciones, y al mismo tiempo hacerle un guiño al juez compartiéndole una información que seguro que no tiene. Se pueden añadir al informe datos sobre el perfil del pederasta, como su promiscuidad, que su conducta es longitudinal en el tiempo y que tiende a reproducirse, o que hay riesgo de que haya más víctimas, si lo hemos percibido claramente, para que el juzgador tenga más elementos de juicio y que se pueda abrir esa posibilidad. Podemos también hacer un informe más escueto y reservar estas argumentaciones para la ratificación en sala, en donde el perito podrá extenderse en las respuestas.

El segundo factor del que me gustaría hablar es la aparición de material de abuso sexual infantil (antigua pornografía infantil) en casos de ASI intrafamiliar. La vinculación entre el abuso sexual intrafamiliar y la explotación sexual infantil es un tema al que le dedico un módulo entero en mi curso sobre ASI, y es una de las grandes desconocidas incluso para los expertos. Hoy día, un buen porcentaje del material de abuso sexual infantil está creado en casa (Salter and Whitten, 2022). En concreto, el material casero que incluye el abuso de niños pequeños siendo víctimas de sus padres parece ser la temática más buscada por pederastas y pedófilos en internet (Seto et al., 2018).
Desde la aparición de los teléfonos inteligentes con cámara, hacer material de abuso ya no es algo limitado a los pornógrafos profesionales. Ahora la explotación sexual comienza en casa a manos del pederasta inicial, normalmente el padre. Esto significa que, ante los abusos sexuales a un menor, debemos calcular la posibilidad de que ese pederasta esté creando material de abuso. Muchos casos de denuncia de ASI se resolverían muy rápido si los juzgadores tuvieran la presteza de mandar investigar los dispositivos móviles de los denunciados tan pronto como aparece la denuncia. El juez que considere esa posibilidad ahorrará tiempo y recursos en muchos casos y, ciertamente, ante la clara evidencia en vídeo del abuso, nadie podrá acusar a la madre denunciante, o al perito psicólogo, de implantar falsos recuerdos en la mente de la víctima...
Otro dato de interés es que los departamentos de policía que trabajan en la investigación y persecución del ciberdelito, incluida la creación y difusión de material de abuso infantil, normalmente no buscan identificar a personas específicas en los vídeos y fotos que incautan, sin embargo, si un juez se lo ordenara, podrían buscar a un niño en particular. El juez solo tendría que dar la orden a la policía y enviarles fotos o vídeos normales del niño en cuestión.
Del mismo modo, el perito que quiera ayudar al juez puede, y debe, en mi opinión, añadir a su batería de preguntas en la entrevista pericial al niño si la persona que le hacía aquellas cosas usaba su móvil en algún momento, o introducir la creación de fotos o vídeos de alguna forma, sin sugestionar a la víctima. Con una sola respuesta positiva el perito ya puede incluir esto en su informe y llamar la atención del juez sobre el hecho de que puede haber producción de material de abuso infantil.
Nada de esto asegura que el juez vaya a investigar más a fondo, ni que vaya a interrogar a otros menores, ni que vaya a ordenar el volcado de los datos de los dispositivos móviles del acusado. Yo misma he presenciado la más completa pasividad en jueces ante estos datos en casos con unos indicadores de abuso muy claros. En una ocasión asistí un caso en el que el niño víctima pudo explicar abiertamente los abusos a los que su padre le sometía, sádicos, en este caso, y afirmó que le hacía fotos durante sus sesiones de abuso. Todo eso se incluyó en el informe, sin embargo, la juez decidió archivar el caso...
Se trata de aumentar las posibilidades de hacer justicia para las pequeñas víctimas infantiles que no se pueden defender solas, y es verdad que no siempre funciona, pero cuando funciona, marca la diferencia.
Todo esto y más en mi curso sobre Abuso Sexual Infantil.
Referencias:
Salter, M., & Whitten, T. (2022). A comparative content analysis of pre-internet and contemporary child sexual abuse material. Deviant Behavior, 43(9), 1120-1134. https://doi.org/10.1080/01639625.2021.1967707
Seto, M. C., Buckman, C., Dwyer, R. G., & Quayle, E. (2018). Production and active trading of child sexual exploitation images depicting identified victims. National Center for Missing & Exploited Children.


